Exención de la indemnización satisfecha a un empleado de alta dirección por despido improcedente
En el caso que se analiza, tanto el acuerdo de liquidación como la resolución aquíimpugnada, aceptan de forma pacífica que estamos ante un despido improcedente, yque no ha concurrido “convenio, pacto o contrato” -art. 7.e) de la Ley 35/2006 (LeyIRPF)-, toda vez que tanto la Inspección como el Tribunal de instancia únicamentehan sostenido la improcedencia…